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En marcha el nuevo Registro Central de Titularidades Reales, cuya creación y reglamento se aprobó el pasado mes de junio por Real Decreto. El objetivo del registro es centralizar en un único lugar toda la información sobre titularidad real de todas las personas jurídicas, entidades o estructuras sin personalidad jurídica (como los fideicomisos tipo trust) con sede o su principal actividad en España o que estén gestionadas desde nuestro país y así evitar el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. El RCTIR aunará los datos que hasta ahora tenían los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, el Consejo General del Notariado o el Registro de Fundaciones de competencia estatal, entre otras fuentes. A partir de ahora se abre un periodo de nueve meses en los que estas fuentes tendrán que ir volcando los datos. Mientras que Justicia no apruebe la tasa por Orden Ministerial para su uso, el acceso será gratuito.

Data publicació: 9/21/2023

Así lo establece el TSJ de Canarias en un caso en el que una empresa dio de baja por dimisión a un empleado que no acudió durante tres días seguidos al trabajo sin justificación. En su lugar, el empleador podría haber sancionado ese incumplimiento de su obligación de trabajar con un despido disciplinario. Según el tribunal, “la dimisión [del trabajador] no puede basarse en indicios y presunciones, sino que debe patentizarse en hechos concluyentes que acrediten su intención de dar por finalizada la relación laboral y rescindir el contrato de trabajo”.

Data publicació: 9/19/2023

Con este servicio se evitará tener que seguir utilizando la tarjeta colegial dotada de un chip, así como un lector externo. El cambio no supondrá la supresión de las actuales tarjetas criptográficas colegiales dotadas de chip, sino que se ofrecerá a los colegiados la opción de continuar utilizándolas e incluso compatibilizarlas con el nuevo certificado en la nube. Ambas opciones permitirán al abogado seguir realizando la única firma reconocida legalmente como equivalente a la firma manuscrita, también conocida como “firma electrónica cualificada”.

Data publicació: 9/14/2023

Cambio de criterio para la tributación en IVA de los cantantes y bandas musicales que trabajen con su espectáculo en eventos privados, como bodas, bautizos o celebraciones de aniversarios. La DGT permite su tributación al 10%. Para hacerlo, estas celebraciones deben estar organizadas en exclusiva por particulares, que deben estar involucrados en su gestión y no limitarse a ser meros intermediarios. Lo relevante ahora es que, si las personas que contratan a estos artistas intervienen únicamente como intermediarios o mediadores, el profesional sí deberá aplicar el tipo general del 21% en sus facturas. De lo contrario, se aplicará el 10%.

Data publicació: 9/12/2023
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