El tribunal ha admitido en un auto del 11 de febrero el recurso de un ciudadano contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que le obligó a pagar IRPF. El TSJM aplicó la sentencia del Supremo del 12 de enero de 2023 en la que determinó que "los intereses de demora abonados por la Agencia Tributaria al efectuar una devolución de ingresos indebidos se encuentran sujetos y no exentos del IRPF, constituyendo una ganancia patrimonial". Sin embargo, en un fallo previo del 3 de diciembre de 2020 dijo lo contrario, que tales intereses no estaban sujetos al impuesto sobre la renta. Ahora, revisará su sentencia y también aclarará si aplica a casos antiguos.