El TS rechaza que la AEAT limite a los caseros la deducción del 60% que se aplican en el IRPF sobre las ganancias obtenidas por el alquiler de vivienda en las declaraciones anteriores a julio de 2021.

El alto tribunal fija doctrina y aclara que la aplicación de la reducción del 60% sobre las ganancias netas por el arrendamiento de viviendas se aplica, en el caso de comprobación por parte de la AEAT, al total del importe regularizado por el fisco, y no solo a la cantidad inicialmente fijada por el casero en la declaración. La AEAT, representada por la Abogacía del Estado, defendía ante el Supremo que podía extender los efectos de la Ley de 2021, a los casos previos a ese ejercicio. El Supremo tumba el argumento dado por Hacienda sobre que la Ley de 2021 se podía extender a ejercicios anteriores e indica que los preámbulos de una norma explican la intención que tiene el legislador al aprobar una ley, pero que "carecen de valor normativo directo para regular relaciones y situaciones jurídicas".

Fecha publicación: 5/15/2025
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